Departamento en Venta en Villa Ortúzar, Capital Federal, Buenos Aires

USD 67.500 - EN VENTA

Av. elcano 3815, Villa Ortúzar, Capital Federal - Villa Ortúzar
La propiedad indicada se encuentra Vendida
USD 67.500 en venta
Código KP440028
Categoría Departamentos
Estado Vendida
Ubicación Av. Elcano 3815
Zona Villa Ortúzar
Barrio Villa Ortúzar
Localidad Capital Federal, Capital Federal
Tipo de operación En venta
Apto credito
Ambientes 2
Dormitorios 1
Baños 1
Mts totales (mt²) 50.00
Mts cubiertos (mt²) 50
Mts no cubiertos (mt²) 2
Año de construcción 2000
Expensas usd 4000.00

Descripción

Departamento de 2 ambientes y medio, desarrollado en tres plantas tipo Loft. PB de 20 m2 compuesta por Cocina completa con espacio lavarropas, living/comedor y balcón al frente. Escalera caracol que comunica EP 1 de 21m2 donde se encuentra la habitación de gran tamaño y un baño completo con ducha y panel calefactor. EP 2 de 11m2 ideal para oficina o playroom. El departamento es tercer piso por escalera, y se encuentra en excelente estado de conservación, además cuenta con puerta blindada. La climatización es por estufa a gas y Aire Acondicionado. Edificio de sólo quince departamentos, ubicado a una cuadra de la Plaza 25 de Agosto, a dos cuadras de Av. Forest, cuatro cuadras de Av Triunvirato, 5 cuadras de Av. de los Incas, y 6 cuadras de Av. Corrientes, donde se encuentra la estación de Ferrocarril y Subte Federico Lacroze. Expensas $ 4.000. Abl $ 500. Aysa en Expensas. Accesible: No. Comercializa Javier Aguilar Bugeau - Valor Inmobiliario CUCICBA 7583 - Nota: La información gráfica y escrita contenida en el presente aviso es meramente a título estimativo y no forma parte de ningún tipo de documentación contractual. Las medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad del inmueble referido. Asimismo, los importes de impuestos, tasas, servicios y expensas aquí indicados están sujetos a verificación por parte del potencial comprador. El valor del inmueble indicado en el presente puede ser modificado sin previo aviso. Operación supeditada a que el propietario cumplimente con la R.G. N° 2371/07 COTI. “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Art. 5°, Ley 5859 (inc.9 del art. 10, Ley 2340). Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. Art. 4°, Ley 5859 ( inc. 8, art.10, Ley 2340). - - Toda la información del aviso, incluyendo medidas, precio, impuestos, servicios, etc. son estimativos, sujetos a modificación y no vinculantes, según lo dispuesto en el art. 973, Cód. Civ. y Com. Operación sujeta a que el propietario cumpla con R.G. N° 2371/07 Toda la información del aviso, incluyendo medidas, precio, impuestos, servicios, etc. son estimativos, sujetos a modificación y no vinculantes, según lo dispuesto en el art. 973, Cód. Civ. y Com.

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